Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 6.000 €. - 2.400 €. - 1.200 €. - 600 €. Para potros y potrancas de DOS AÑOS. Peso único para ambos sexos: 56 kg. Recargos: 2 kg. por cada carrera ganada. Descargo: 2 kg. a los que no hayan corrido.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. FAYOS a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 11, apartado 29 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar a dicho jinete con una multa de 150 €. y apercibimiento de puesta a pie según lo previsto en el artículo 15, apartado D), 1 y apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. Abierta investigación de oficio por los Sres. Comisarios, comparecen los jinetes B. FAYOS, J. HORCAJADA y J .L. MARTÍNEZ a fin de explicar los incidentes producidos durante la recta final del recorrido Una vez oídas las declaraciones del mismo se acuerda: • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisiva en el resultado final de la carrera. • Apercibir al jinete J. L. MARTINEZ de la potranca n.º 8 YOU OR NO ONE (IRE), por el comportamiento de su montura en los primeros metros de la recta final. Todo ello, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en su artículo 12, apartado 20 y artículo 16, apartado D,1. • Apercibir al jinete B. FAYOS de la potranca n.º 1 CARLOTA, por el comportamiento de su montura en los primeros metros de la recta final. Todo ello, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en su artículo 12, apartado 20 y artículo 16, apartado D,1. Habiendo comprobado que la potranca n.º 4 KLARA ha corrido con colores distintos a los declarados, los Sres. Comisarios acuerdan multar con 40 €. al entrenador M. DELCHER, según lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 25, apartado 11, en relación con lo previsto en el artículo 12, apartado 14 y en el artículo 16 C), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. L. BORREGO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al citado jinete con una multa de 40 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (“Reglamento Sancionador”) del Código de Carreras. Comparece en el cuarto de comisarios ALVARO GUTIERREZ propietario de De La Fuente Stud para mostrar su disconformidad con el estado de la pista, considerándola como más blanda de lo que muestra la calificación oficial.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 10.000 €. - 4.000 €. - 3.000 €. - 2.000 €. - 1.400 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, nacidos y criados en España. Peso 3 años: 55 kg.; 4 años o más: 59 kg. Recargos, con un máximo de 4 kg.: 1 kg. por cada 5.000 €. ganados, desde el 1 de enero de 2008
Incidencias: Se impone la multa de 40 €. al preparador J. L. DE SALAS por presentar con considerable retraso al paddock al caballo n.º 8 JOY DIVISION. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 2. El jinete C. GNESI en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 53,8 kg. en lugar de los 53,5 kg. que constan en el programa oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 80 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A instancia del Sr. Juez de Salida y en aplicación del Código de Carreras en su artículo 102 IV se declara al potro n.º 7 ATINTO difícil en la salida.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.500 €. - 2.200 €. - 1.100 €. - 550 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado un premio de 15.000 €., ni se hayan clasificado entre los tres primeros en unpremio de 20.000 €.
Incidencias: Abierta investigación de oficio por los Sres. Comisarios, comparecen los jinetes J. GROSJEAN y E. MELIAN. Presentada reclamación ante los Sres. Comisarios por parte de F. RODRIGUEZ, entrenador del caballo n.º 4 WELL CONFER (GB) contra el jinete E. MELIAN, jinete del caballo n.º 1 APAA (GB). Una vez oídas las declaraciones del mismo se acuerda: • Distanciar al caballo n.º 1 APAA (GB) del 3.º al 4.º puesto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el artículo 11, apartado 23 y artículo 15, E), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador). • Multar con 60 €. al jinete E. MELIAN del caballo n.º 1 APAA (GB), por el comportamiento de su montura en los últimos metros de la recta final. Todo ello, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en su artículo 12, apartado 20 y artículo 16, apartado D,2. Devolver a F. RODRIGUEZ la cantidad depositada para reclamar. El jinete R. H. HUAYAS en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 53,7 kg. en lugar de los 52,95 kg. del pesaje anterior. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 10.000 €. - 4.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 56 kg. Recargos: con un máximo de 3 kg.: 1 kg. por cada 5.000 €. ganados desde el 1 de enero de 2008.
Incidencias: Sin incidencias. Se abre investigación al preparador P. R. URBINA por la incorrecta presentación de la cartilla del caballo n.º 6 MAGIC VICTORY (GB) elevándose el expediente a los comisarios de S. F. C. C. E. A instancias del Sr. Juez de Salida y en aplicación del Código de Carreras en su artículo 102 IV, el caballo n.º 3 YEPES (IRE) deja de ser considerado difícil en la salida.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 10.000 €. - 4.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. Para potros y potrancas de TRES AÑOS. Peso: 56 kg. Recargos, con un máximo de 3 kg.: 1 kg. por cada 5.000 €. ganados.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. FAYOS a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 11, apartado 29 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete B. FAYOS con una multa de 150 €. según lo previsto en el artículo 15, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras.
Hipódromo de Antela (Xinzo de Limia) 3.000 €. - 1.200 €. - 600 €. - 300 €. - 150 €. Para caballos y yeguas de 4 AÑOS EN ADELANTE que no hayan obtenido 15.000 €. en premios y colocaciones desde el 1 de julio de 2008. Peso: 60 kg. Recargos acumulables: 1 kg. por carrera ganada y 1 kg. por cada 3.000 €. obtenidos en premios y colocaciones desde igual fecha.
Incidencias: Se autoriza el cambio de monta del caballo n.º 4 MARJON (FR), que será conducido po el gentlemen SR. DIEZ D. en sustitución de la amazona SRTA. CHYNORADSKA A. Se abre investigación a la espera de que esta amazona justifique su ausencia.
El gentlemen SR. SARABIA D. A. en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 61,5 kg. en lugar de los 61 kg. que constan en el Programa Oficial. Siendo reincidente en la temporada, se le sanciona con 90 €. Además, en el posterior a la carrera ha dado un peso de 62 kg. Se le multa con 90 €.
Hipódromo de Antela (Xinzo de Limia) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. - 250 €. Para potros y potrancas DE 3 AÑOS NACIDOS Y CRIADOS EN ESPAÑA que no hayan ganado dos carreras ni se hayan clasificado entre los tres primeros en una carrera de 9.000 €. Peso: 56 kg. Recargos acumulables: 1 kg. por carrera ganada y 1 kg. por cada 3.000 €. obtenidos en premios y colocaciones.
Hipódromo de Antela (Xinzo de Limia) 3.000 €. - 1.200 €. - 600 €. - 300 €. - 150 €. Para caballos y yeguas de 3 AÑOS EN ADELANTE que no hayan obtenido 12.000 €. en premios y colocaciones en el año. Peso: 3 años, 54 kg.; 4 y más años, 58 kg. Recargos: 1 kg. por cada 2.500 €. obtenidos en premios y colocaciones en el mismo período.
Incidencias: Se autoriza la retirada del caballo n.º 7 GOOD AFRICA (FR) y se prohíbe su participación en carreras públicas hasta el día 7 de junio de 2009. Se autoriza la retirada del caballo n.º 11 VIVA ALCAZAR (GB) y se prohíbe su participación en carreras públicas hasta el día 7 de junio de 2009. Se autoriza la retirada de la yegua n.º 13 PLATEADA (IRE) y se prohíbe su participación en carreras públicas hasta el día 1 de junio de 2009. Causa: n.º 11 VIVA ALCAZAR (GB): herida en extremidad; n.º 13 PLATEADA (IRE): hematomas producidos en el transporte.
Hipódromo de Antela (Xinzo de Limia) 3.500 €. - 1.400 €. - 700 €. - 350 €. - 175 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE que no hayan ganado un premio de 12.000 €. desde el 1 de enero de 2008.
Incidencias: El jinete G. VAZ en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 62,6 kg. En lugar de los 62 kg. que constan en el Programa Oficial. Se le impone una sanción de 50 €.
Hipódromo de Antela (Xinzo de Limia) 4.000 €. - 1.600 €. - 800 €. - 400 €. - 200 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE que no hayan ganado un premio de 12.000 €. desde el 1 de enero de 2008.
Incidencias: El jinete J. C. CERQUEIRA en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 58,6 kg. en lugar de los 58 kg. que constan en el Programa Oficial, y un peso posterior de 59 kg. Se le impone una multa de 90 €. y 50 €. respectivamente.
Se apercibe al jinete E. MELIAN por el cambio de linea del caballo n.º 1 HIGH IKER sin molestar a otros participantes.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 62 kg. Recargos: 1 kg. por cada 3.000 €. obtenidos en premios y colocaciones en el año.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece la amazona Srta. ZAPICO S. a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir a la amazona Srta. ZAPICO S. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI(Reglamento Sancionador) del Código de Carreras.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 15.000 €. - 6.000 €. - 3.000 €. - 1.500 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 57 kg. Recargos por premios ganados desde el 1 de enero de 2008: 1 kg. a los ganadores de un premio de 12.000 €.; 2 kg. a los ganadores de un premio de 24.000 €.
Incidencias: Se impone la multa de 50 €. a la preparadora A. IMAZ C. por presentar con considerable retraso al paddock al caballo n.º 1 TSARABI (IRE). Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 2. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete O. ORTIZ DE URBINA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 11, apartado 29 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete O. ORTIZ DE URBINA con una multa de 150 €. según lo previsto en el artículo 15, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. FAYOS a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete B. FAYOS con una multa de 80 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. El jinete I. LÓPEZ en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 57,45 kg. en lugar de los 57,15 kg. del pesaje anterior. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A requerimiento de el preparador J. L. EYRE el caballo n.º 6 SEMINOLE CRY (USA) es examinado por el SVO observándole una pequeña herida traumática que afecta al último incisivo superior derecho, sin relevancia clínica que motiva la aparición de sangre en la boca.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.500 €. - 2.200 €. - 1.100 €. - 550 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada de la yegua n.º 13 BATUXA, prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. HORCAJADA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete J. HORCAJADA según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. A. MACHADO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete J. A. MACHADO según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (“Reglamento Sancionador”) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. MORENO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete B. MORENO según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete O. ORTIZ DE URBINA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete O. ORTIZ DE URBINA con una multa de 80 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. Retirado: n.º 13 BATUXA. Causa: Cuadro respiratorio con tos. Se adjunta certificado veterinario del día 21 de mayo donde se recomienda la retirada de la yegua n.º 13 BATUXA debido a un cuadro respiratorio leve con presencia de tos. Asimismo se adjunta el certificado veterinario oficial de día 24 de mayo donde refleja el SVO que no encuentra en dicha yegua ningún signo de tos y mocos, encontrando a la yegua en condiciones adecuadas para participar en carreras públicas.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada de la yegua n.º 13 BATUXA, prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. HORCAJADA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete J. HORCAJADA según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. A. MACHADO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete J. A. MACHADO según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (“Reglamento Sancionador”) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. MORENO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete B. MORENO según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete O. ORTIZ DE URBINA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete O. ORTIZ DE URBINA con una multa de 80 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. Retirado: n.º 13 BATUXA. Causa: Cuadro respiratorio con tos. Se adjunta certificado veterinario del día 21 de mayo donde se recomienda la retirada de la yegua n.º 13 BATUXA debido a un cuadro respiratorio leve con presencia de tos. Asimismo se adjunta el certificado veterinario oficial de día 24 de mayo donde refleja el SVO que no encuentra en dicha yegua ningún signo de tos y mocos, encontrando a la yegua en condiciones adecuadas para participar en carreras públicas.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 8.500 €. - 3.400 €. - 2.550 €. - 1.700 €. - 850 €. Para potros y potrancas de DOS AÑOS, nacidos y criados en España, que no hayan ganado. Peso único para ambos sexos: 56 kg. Recargos: 1 kg. por cada 1.500 €. obtenidos en colocaciones.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada del potro n.º 7 JORDAN WATER, prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada del potro n.º 4 DUNCAN DE RAN, prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. Retirado: n.º 7 JORDAN WATER. Causa: Sobre cañas en ambas extremidades anteriores. Retirado: n.º 4 DUNCAN DE RAN. Causa: Cojera aguda de la extremidad anterior izquierda. A instancia del Sr. Juez de Salida y en aplicación del Código de Carreras ensu artículo 102 IV se declara a la potranca n.º 2 AROUSA difícil en la salida.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 10.000 €. - 4.000 €. - 3.000 €. - 2.000 €. - 1.400 €. Para potros y potrancas de TRES AÑOS, nacidos y criados en España. Peso: 56 kg. Recargos, con un máximo de 5 kg.: 1 kg. por cada 4.000 €. ganados.
Hipódromo de Gran Canaria (Santa Lucía de Tirajana) 500 €. - 200 €. - 100 €. - 50 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que no hayan ganado 2 carreras desde el 1 de enero del 2008. Peso: 58 kg. Recargos: 2 kg. a los ganadores desde el 1 de enero de 2008.
Hipódromo de Gran Canaria (Santa Lucía de Tirajana) 600 €. - 240 €. - 120 €. - 60 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE.- Pesos: tres años, 55 kg.: cuatro años o más 58 kg.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 6.000 €. - 2.400 €. - 1.200 €. - 600 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 64 kg. Recargos:1,5 kg. por cada 5.000 €. ganados desde el 1 de enero de 2008.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el gentleman Sr. CARMENA M. a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir a dicho gentleman según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el gentleman Sr. SARABIA D. A. jinete del caballo n.º 4 ZACARIAS (FR) al haberse desmontado antes de llegar al recinto de peso, declarando dicho jinete que el caballo ha perdido la herradura de la mano derecha estando dolorido.
Inceidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. FAYOS a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar a dicho jinete con una multa de 60 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. Abierta investigación de oficio por los Sres. Comisarios, comparecen los jinetes J. HORCAJADA y R. C. MONTENEGRO a fin de explicar los incidentes en la recta final. • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisiva en el resultado final de la carrera. • Multar con 40 €. al jinete J. HORCAJADA del caballo n.º 3 DRUIDA, por el comportamiento de su montura en los primeros metros de la recta final. Todo ello, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en su artículo 12,apartado 20 y artículo 16, apartado D,2.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado dos carreras. Peso: 56 kg. Recargos: 2 kg. por cada 3.000 €. obtenidos en premios y colocaciones en el año.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada del potro n.º 5 PENCHAYE (FR), prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada de la potranca n.º 10 ALL MUSIC (USA), prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 8 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete B. FAYOS a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete B. FAYOS según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete R. C. MONTENEGRO, del caballo n.º 6 PERSICUS (GB), a fin de ser oído sobre el desarrollo la carrera en la recta final. El jinete J. E. JARCOVSKY en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 56,3 kg. en lugar de los 56 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. Retirado: n.º 5 PENCHAYE (FR). Causa: Inflamación en la rodilla de la extremidad anterior derecha. Retirado: n.º 10 ALL MUSIC (USA). Causa: Cojera aguda de la extremidad posterior derecha. Según recomendación del Servicio Veterinario Oficial, y dada la dolencia crónica del caballo n.º 5 PENCHAVE (FR), se comunica al preparador de dicho potro T. CALLEJO, la obligación de presentar un certificado veterinario previo a cada inscripción en las sucesivas carreras públicas a celebrar en el Hipódromo de la Zarzuela que acredite su estado físico adecuado para suparticipación.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 12.000 €. en premios y colocaciones.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete S. MARTIN, a fin de ser oído sobre la actuación del caballo n.º 9 HOTSIDE (FR), declarando que el caballo ha dado muestras de cansancio en el recorrido. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete E. MELIAN, a fin de ser oído sobre la actuación del caballo n.º 3 DIEGO QUERCUS (FR), declarando que habiendo recibido instrucciones de su preparador para ir en espera en carrera , cuando le ha exigido al caballo éste no ha respondido. El preparador F. GALDEANO R. comparece para declarar que no considera exacta la carrera del caballo n.º 4 RIVALLERO (GER) dado que no ha encontrado sitio en la recta final. El jinete B. MORENO en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 52,1 kg. en lugar de los 51,8 kg. que había dado en el pesaje anterior. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. Se adjunta informe del Servicio veterinario oficial del caballo n.º 9 HOTSIDE (FR) en donde se refleja que dicho caballo evidencia cojera de sus miembros posteriores al acabar dicha carrera , así mismo su entrenador C. GALLIPOLI declara que cree que alguien actuó haciendo algo al caballo sin su consentimiento dentro del patio de su cuadra.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 12.000 €. en premios y colocaciones.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete S. MARTIN, a fin de ser oído sobre la actuación del caballo n.º 9 HOTSIDE (FR), declarando que el caballo ha dado muestras de cansancio en el recorrido. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete E. MELIAN, a fin de ser oído sobre la actuación del caballo n.º 3 DIEGO QUERCUS (FR), declarando que habiendo recibido instrucciones de su preparador para ir en espera en carrera , cuando le ha exigido al caballo éste no ha respondido. El preparador F. GALDEANO R. comparece para declarar que no considera exacta la carrera del caballo n.º 4 RIVALLERO (GER) dado que no ha encontrado sitio en la recta final. El jinete B. MORENO en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 52,1 kg. en lugar de los 51,8 kg. que había dado en el pesaje anterior. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. Se adjunta informe del Servicio veterinario oficial del caballo n.º 9 HOTSIDE (FR) en donde se refleja que dicho caballo evidencia cojera de sus miembros posteriores al acabar dicha carrera , así mismo su entrenador C. GALLIPOLI declara que cree que alguien actuó haciendo algo al caballo sin su consentimiento dentro del patio de su cuadra.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado un premio de 15.000 €., ni se hayan clasificado entre los tres primeros en un premio de 20.000 €.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada del caballo n.º 1 KRILIM (GB), prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 1 de junio de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete Sr. WEISSMEIER M. F., a fin de ser oído sobre la actuación de la yegua n.º 4 COLOCHOS (FR), declarando que una vez pasada la meta ha sentido como su montura ha comenzado a cojear de su mano derecha, procediendo a desmontarse de la citada yegua. Se autoriza la participación del caballo n.º 3 LE COURLIS (FR) cuyo preparador presente fotocopia compulsada por el servicio veterinario oficial del hipódromo, de la cartilla del caballo ya que por fuerza de causa mayor no ha podido presentar el original. Retirado: n.º 1 KRILIM (GB). Causa: Proceso febril. Los Sres. Comisarios solicitan al Servicio Veterinario Oficial una revisión previa a su participación en la 2.ª carrera a la yegua n.º 4 COLOCHOS (FR), sin que se observe ninguna anomalía en dicha yegua.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.500 €. - 2.200 €. - 1.100 €. - 550 €. Para potros y potrancas de DOS AÑOS, que no hayan corrido. Peso único para ambos sexos: 56 kg.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 9.000 €. - 3.600 €. - 1.800 €. - 900 €. Para potros y potrancas de DOS AÑOS, que no hayan corrido. Peso único para ambos sexos: 56 kg.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada de la potranca n.º 5 ENAMORADA CM, prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 25 de mayo de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada del potro n.º 6 RAYO NEGRO (IRE), prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 25 de mayo de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. Se autoriza el cambio de monta del potro n.º 4 DUNCAN DE RAN, que será montado por el jinete O. Oritz de URBINA en sustitución del jinete B. FAYOS en aplicación del Código de Carreras en su artículo 96 II. El jinete J. E. JARCOVSKY en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 56,7 kg. en lugar de los 56,35 kg. que había dado en el pesaje anterior de la carrera. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras.
Retirada: N.º 5 ENAMORADA CM. Causa: Dolor en las cañas de ambos miembros. Retirado: N.º RAYO NEGRO (IRE). Causa: Presenta tos y esta en tratamiento médico.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 12.000 €. - 4.800 €. - 2.400 €. - 1.200 €. Para potros de TRES AÑOS. Peso: 55 kg. Recargos por premios ganados: 1 kg. a los ganadores de un premio de 6.000 €.; 2 kg. a los ganadores de un premio de 12.000 €.; 3 kg. a los ganadores de un premio de 18.000 €.
Incidencias: Se multa con 40 €. al preparador M. DELCHER S. por presentar con considerable retraso al paddock a los caballos n.º 2 DOMESIDE (GB) y n.º 6 DUKE (GER). Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 2. El jinete J. E. JARCOVSKY en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 56,75 kg. en lugar de los 56,35 kg. que había dado en el pesaje anterior de la carrera. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A fin de explicar los incidentes acaecidos durante los primeros metros del recorrido, a requerimiento de los Sres. Comisarios comparecen los jinetes S. MARTIN y J. L. MARTINEZ.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 12.000 €. - 4.800 €. - 2.400 €. - 1.200 €. Para potrancas de TRES AÑOS. Peso: 55 kg. Recargos por premios ganados: 1 kg. a las ganadoras de un premio de 6.000 €.; 2 kg. a las ganadoras de un premio de 12.000 €.; 3 kg. a las ganadoras de un premio de 18.000 €.
Incidencias: Se autoriza el cambio de monta de la potranca n.º 4 CARLOTA, que será montado por el jinete J. E. JARCOVSKY en sustitución del jinete B. FAYOS en aplicación del Código de Carreras en su artículo 96 II. A fin de explicar los incidentes acaecidos durante los últimos metros, a requerimiento de los Sres. Comisarios comparecen los jinetes J. E. JARCOVSKY, y J. L. MARTINEZ. • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisiva en elresultado final de la carrera.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.500 €. - 2.200 €. - 1.100 €. - 550 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no se hayan clasificado entre los cuatro primeros en un premio de 24.000 €.
Incidencias: Se apercibe al preparador J. C. FERNANDEZ R. por presentar con considerable retraso al paddock a los caballos n.º 2 CAMURAY y n.º 11 OSADO. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C),1.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no se hayan clasificado entre los cuatro primeros en un premio de 24.000 €.
Incidencias: El jinete R. NAYLOR en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 50,55 kg. en lugar de los 50 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete A. A. GALLARDO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete A. A. GALLARDO con una multa de 40 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. El jinete B. GELABERT en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 55,8 kg. en lugar de los 55,3 kg. que había dado en el pesaje anterior de la carrera. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. El jinete C. GNESI en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 55,3 kg. en lugar de los 55 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan multar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Códigode Carreras.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no se hayan clasificado entre los cuatro primeros en un premio de 24.000 €.
Incidencias: El jinete R. NAYLOR en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 50,55 kg. en lugar de los 50 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete A. A. GALLARDO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete A. A. GALLARDO con una multa de 40 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. El jinete B. GELABERT en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 55,8 kg. en lugar de los 55,3 kg. que había dado en el pesaje anterior de la carrera. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. El jinete C. GNESI en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 55,3 kg. en lugar de los 55 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan multar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Códigode Carreras.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso: 57 kg. Recargos: 1 kg. por cada 3.000 €. obtenidos en colocaciones. Descargos: 2 kg. a los que no se hayan clasificado entre los cuatro primeros.
Incidencias: Visto el certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial, los Sres. Comisarios autorizan la retirada de la potranca n.º 14 PRINCESITA (FR), prohibiéndose su participación en carreras públicas hasta el día 25 de mayo de 2009. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Código de carreras en su artículo 96 I apartado C) y apartado E). Se adjunta dicho certificado. El jinete J. L. BORREGO en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 55,7 kg. en lugar de los 55,4 kg. que había dado en el pesaje anterior de la carrera. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete A. A. GALLARDO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (“Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. El jinete R. H. HUAYAS en el pesaje posterior a la carrera ha dado un peso de 53,9 kg. en lugar de los 53,5 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en su artículo 99 IV y en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras.
Retirado: N.º 14 PRINCESITA (FR). Causa: Problema respiratorio.
Los comisarios de sociedad autorizan que el caballo n.º 9 EL BOLAO (GB) pueda participar adjuntando la copia de la reseña del certificado de exportación del caballo que obra en poder de la S.F.C.C.E. y donde figura su número de microchip.
A instancias del Sr. Juez de Salida,se le suprime el difícil en la salida alpotro n.º 8 CHICUCO (GB).
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 6.000 €. - 2.400 €. - 1.800 €. - 1.200 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, nacidos y criados en España, a vender en 15.000 €. Peso: 57 kg. Recargos: 1 kg. por cada 1.500 €. de aumento en el precio de venta. Descargos, con un máximo de 5 kg.: 1 kg. por cada 1.500 €. que se rebaje el precio de venta.
Incidencias: Se apercibe al preparador I. GOMEZ por presentar con considerable retraso al paddock al caballo n.º 5 XAMURAY. Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 1. El jinete R. H. HUAYAS en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 53,05 kg. en lugar de los 52,5 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. Se acuerda apercibir al jinete B. MORENO de la yegua n.º 11 DAGUA, por el comportamiento de su montura en los primeros metros de la carrera. Todo ello, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 del Código de Carreras, y en relación con lo dispuesto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en su artículo 12, apartado 20 y artículo 16, apartado D,1.
La propiedad del caballo n.º 6 CENTRINO ha sido reclamada por E. LEÓN por 10.550 €.
La propiedad de la yegua n.º 12 VERDANA ha sido defendida por B. VALENTI para la cuadra TRES Y MEDIO por 9.711 €.
La propiedad del caballo n.º 2 HIGH IKER ha sido defendida por R. LÓPEZ por 14.000 €.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para potros y potrancas de DOS AÑOS. Peso único para ambos sexos: 56 kg. Descargos: 1 kg. a los que salgan a vender en 12.000 €.; 2 kg. a los que salgan avender en 10.000 €.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete I. LÓPEZ a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al citado jinete con una multa de 40 euros según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras.
La propiedad del caballo n.º 8 BELLASIDE (IRE) ha sido reclamada por E. LEÓN para la cuadra Grupo H. BOLAÑOS por 12.050 €.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 40.800 €: 24.000 € al primero, 9.600 € al segundo, 4.800 € al tercero y 2.400 € al cuarto. Para potros de TRES AÑOS. Peso: 57 kilos.
Incidencias: A fin de explicar los incidentes acaecidos durante los últimos metros, a requerimiento de los Sres. Comisarios comparecen los jinetes J. GROSJEAN e I. LÓPEZ. Se acuerda: • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisivaen el resultado final de la carrera.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.500 €. - 2.200 €. - 1.100 €. - 550 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €., ni un premio de 12.000 €.
Incidencias: A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete J. L. BORREGO a fin de ser oído sobre la actuación de la yegua n.º 7 COLOCHOS (FR) en la recta final, manifestando que ha notado incomodidad en su acción, prefiriendo no forzarla para evitar una posible lesión. El jinete D. DELGADO en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 56,55 kg. en lugar de los 56 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. El jinete I. LÓPEZ en el pesaje posterior de la carrera ha dado un peso de 56,8 kg. en lugar de los 56,25 kg. que dio en el pesaje anterior. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 22 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €., ni un premio de 12.000 €.
Incidencias: Se multa con 40 €. al preparador E. OLGADO por presentar con considerable retraso al paddock a la yegua n.º 14 MARAVILLAS (IRE). Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 2. A fin de explicar los incidentes acaecidos durante los últimos metros, a requerimiento de los Sres. Comisarios comparecen los jinetes N. GARCIA, F. JIMENEZ A. y M. BORREGO. • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisiva en el resultado final de la carrera.
Hipódromo de La Zarzuela (Madrid) 5.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. - 500 €. Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2008 no hayan ganado 18.000 €., ni un premio de 12.000 €.
Incidencias: Se multa con 40 €. al preparador E. OLGADO por presentar con considerable retraso al paddock a la yegua n.º 14 MARAVILLAS (IRE). Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 2. A fin de explicar los incidentes acaecidos durante los últimos metros, a requerimiento de los Sres. Comisarios comparecen los jinetes N. GARCIA, F. JIMENEZ A. y M. BORREGO. • Confirmar el orden de llegada al considerar que los hechos ocurridos no han tenido incidencia decisiva en el resultado final de la carrera.
10.000 €. - 4.000 €. - 2.000 €. - 1.000 €. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 56 kg. Recargos por premios ganados desde el 1 de enero de 2008: 1 kg. a los ganadores de un premio de 6.000 €., 2 kg. a los ganadores de un premio de 12.000 €. y 3 kg. a los ganadoresde un premio de 18.000 €.
Incidencias: El jinete B. FAYOS en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 56,55 kg. en lugar de los 56 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan multar con 40 €. al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. El jinete D. DELGADO en el pesaje anterior a la carrera ha dado un peso de 56,55 kg en lugar de los 56 kg. que constan en el Programa Oficial. Una vez oídas sus declaraciones, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al citado jinete de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Carreras en el artículo 12, apartado 21 y artículo 16, apartado D) 1 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del citado Código de Carreras. Se apercibe al preparador B. RAMA por presentar con considerable retraso al paddock al caballo n.º 7 TARBRAX (GB). Todo ello de acuerdo a lo previsto en el Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras en el artículo 12 apartado 19 y en el artículo 16, C), 1. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete O. ORTIZ DE URBINA a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan sancionar al jinete con una multa de 40 €. según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 2 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras. A requerimiento de los Sres. Comisarios comparece el jinete M. BORREGO a fin de ser oído sobre el reiterado uso del látigo infringido a su montura. Toda vez que, ha quedado acreditado que el citado jinete ha infligido un castigo excesivo al caballo superior al permitido por el artículo 12, apartado 25 del Anexo XI (Reglamento Sancionador) del Código de Carreras, los Sres. Comisarios acuerdan apercibir al jinete según lo previsto en el artículo 16, apartado D), 1del Anexo XI (“Reglamento Sancionador”) del Código de Carreras.